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martes, 21 de diciembre de 2010

¿Son nuestros hijos rehenes del Estado?

Un artículo de Francisco J. Fernández Tarrío en Periodista digital.com
Francisco J. Fernández Tarrío es abogado


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¿Son nuestros hijos rehenes del Estado?


El jueves pasado el Tribunal Constitucional publicó la sentencia sobre el recurso de amparo presentado por unos padres cuya opción para la educación de sus hijos fue la de educarlos en casa, el conocido “homeschooling”, un fenómeno de carácter internacional cada vez más aceptado y regulado en los países de nuestro entorno cultural.

La sentencia se pronuncia sobre la interpretación de los apartados uno dos y tres del artículo 27 de la Constitución española, relativos al derecho a la educación, el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones morales o ético/religiosas, y el papel de los poderes públicos en la garantía de tales derechos.

Para el TC, “el derecho a la educación en su condición de derecho de libertad no alcanza a proteger, siquiera sea prima facie, una pretendida facultad de los padres de elegir para sus hijos por razones pedagógicas un tipo de enseñanza que implique su no escolarización en centros homologados de carácter público o privado.” Es decir, el TC consagra el principio de “educación es igual a escolarización”, o lo que es lo mismo, “no hay educación fuera del Estado”.

Por si no quedaba suficientemente claro, el TC concluye que “La educación a la que todos tienen derecho y cuya garantía corresponde a los poderes públicos como tarea propia no se contrae, por tanto, a un proceso de mera transmisión de conocimientos [cfr. art. 2.1 h) LOE], sino que aspira a posibilitar el libre desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos [cfr. art. 2.1 a) LOE] y comprende la formación de ciudadanos responsables llamados a participar en los procesos que se desarrollan en el marco de una sociedad plural [cfr. art. 2.1 d) y k) LOE] en condiciones de igualdad y tolerancia, y con pleno respeto a los derechos y libertades fundamentales del resto de sus miembros [cfr. art. 2.1 b), c) LOE].

El TC ha consagrado, pues, la idea de que sólo el Estado es “capaz” de garantizar un libre desarrollo individual, democrático, y respetuoso con los derechos fundamentales”, finiquitando, de esta manera, el derecho a la libertad de educación en nuestro país. Para el TC, los ciudadanos somos una especie de bárbaros a disciplinar, pues no somos capaces de garantizar, para nuestros propios hijos, una buena educación en valores.

Esa labor divina corresponde, según nuestro TC, al sacrosanto Estado. Porque, en última instancia lo que esta nefasta sentencia viene a sancionar es algo tan sencillo como que nuestros hijos, su educación, sus principios, sus valores, no son nuestros. Antes al contrario, nuestros hijos son propiedad exclusiva del Estado, al menos, y de momento, durante la enseñanza obligatoria.

Una vez más, el TC estira y deforma el espíritu del texto constitucional, y lo interpreta de manera socialista, vetando cualquier atisbo de parcela de independencia a los ciudadanos, en este caso a los padres, para decidir sobre su vida, hacienda y familia. Gracias al TC, nuestra Constitución es, cada vez más, una prisión y no una liberación.
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